La Corte Suprema ratificó que la Clínica Indisa deberá pagar una indemnización de $80 millones por daño moral al paciente Gonzalo Ruiz Figueroa, por los errores cometidos durante un procedimiento médico y que dejó con diversas secuelas al trabajador.
En fallo unánime (rol 7008-2009) los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal Adalis Oyarzún, Margarita Herreros, Juan Araya, Guillermo Silva y la abogada integrante Maricruz Gómez de la Torre rechazaron el recurso de casación presentado por el centro de salud privado.
Ruiz Figueroa concurrió el 7 de diciembre de 2001 al establecimiento médico a realizarse un examen de electromiografía, debido a un dolor intraescapular en las vértebras c5 y c6. Sin embargo durante la punción que se realiza en el procedimiento le dejó con diversos dolores en su extremidad superior izquierda, reseña el informe del Pode Judicial.
El fallo establece la responsabilidad contractual de la clínica, por la mala aplicación de un procedimiento médico derivado del contrato de convenio que tena trabajador tenía con una isapre.
En la resolución judicial, la ministra Herreros y la abogada Gómez de la Torre estuvieron a favor de establecer además del pago por daño moral una indemnización por lucro cesante, lo que no finalmente no fue acogido por el tribunal.
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